Con esta entrada termina la serie. Hasta ahora, habíamos visto diferencias en las que la Iglesia Ortodoxa se ponía intransigente y la Iglesia Católica no le daba tantísima importancia (como el filioque o la liturgia), o bien una un poquito más difícil de solucionar (la primacía del Papa). Ahora toca una diferencia a la que, al revés, los ortodoxos no le dan una importancia decisiva, pero que para los católicos es innegociable: la indisolubilidad del matrimonio ¿Os acordáis de la boda ortodoxa de hace unas cuantas entradas, que fue la que me dio pie a toda esta serie? Pues sólo ahora llegamos al asunto de la misma. Cómo se nota que me hago mayor y que antes de llegar al grano me pongo a contar batallitas en plan abuelo Cebolleta.
Como la práctica totalidad de los que leéis esto vivís o procedéis de países católicos, no es ningún descubrimiento que la Iglesia Católica considera el matrimonio canónico un sacramento y que, además, lo considera indisoluble, o sea, que una vez contraído válidamente (y consumado), los flamantes cónyuges tienen que aguantarse mutuamente hasta que uno de los dos pase a mejor vida (bueno, si se había portado bien; si no, a achicharrarse toca). Hay dos excepciones algo controvertidas, los privilegios paulino y petrino, que desvirtúan un poco la cuestión y que son para nota, y para nota muy alta, pero bueno, fuera de eso, una vez te has casado, chico, casado te quedarás.
Los ortodoxos, no. Los ortodoxos se divorcian, y ahora cabe preguntar, ¿a qué viene eso? ¿No decía todo el mundo que eran tan "atrasados" y retrógados? ¿No es "modelno" el divorcio?
En el asunto del matrimonio, y como ya habéis leído si conocéis un poco el Nuevo Testamento, hay un momento en que a Jesucristo le preguntan si le es lícito al marido separarse de su mujer, como había permitido Moisés (eso sí, dándole a la mujer un acta de repudio, al menos que quede documentado el asunto). Jesucristo les dice que ni flores, y viene a añadir que si Moisés les dejó hacerlo es porque eran una banda de tozudos.
Como ya sabéis también, o deberíais saber, los evangelios son cuatro, y además tres de ellos, llamados sinópticos, coinciden en muchísimas cosas. El cuarto, el de Juan, va más a su bola. Bueno, pues el episodio anterior lo relatan los cuatro evangelistas, con palabras parecidas, pero no iguales.
Y aquí viene el lío, porque Mateo y Juan dicen que no es lícito a un hombre repudiar a su esposa (el caso contrario era entonces impensable), fuera del caso de adulterio. Marcos y Lucas omiten estas palabras, y además la cosa se complica más, porque otra traducción posible de las mismas es "fuera del caso de unión ilegal", o sea, cuando no había habido matrimonio (entonces, claro, tampoco había divorcio).
La Iglesia Católica sigue a Marcos. Después de todo, era discípulo y probablemente secretario de Pedro, lo cual, ciertamente, en Roma no puede menos que dar autoridad. Si veis el Catecismo de la Iglesia Católica, ya os daréis cuenta de que en esta materia Marcos está profusamente citado. Mateo también, pero menos.
La Iglesia Ortodoxa, en cambio, se ha tirado a la interpretación menos rigorista y comenzó a admitir el divorcio vincular en casos de adulterio. Bueno, el que puede pedir el divorcio, que quede claro, es el cónyuge que no ha cometido adulterio. Si no, ¡qué fácil! Te pillas la juerga loca y, además, te libras del marido/mujer e igual hasta le pringas pasta. Bueno, pues no. La Iglesia Ortodoxa no llega a esos extremos.
Lo que ocurre es que, como siempre que abres una rendijilla en la puerta, comienzan a pasar cosas que no estaban previstas al principio. Con el tiempo, los popes han comenzado a interpretar las cosas en sentido amplio (cosa que los juristas sabemos que nunca hay que hacer con las excepciones, y esto lo es), y ahora ya admiten el divorcio en muchos más casos, como el de enfermedad mental ¿No habíamos en que en la salud y en la enfermedad? Bueno, pues depende de qué enfermedad. La mental mola menos. Además, como muchos casos de alcoholismo acaban en enfermedad mental, y en Rusia otra cosa no, pero casos de alcoholismo hay más que de sobra, la cosa es más frecuente de lo que pueda parecer, amén de que ya digo la tendencia es a interpretar las cosas con mano ancha.
Por alguna razón que nadie me ha explicado, hay un límite: uno se puede volver a casar tras un divorcio dos veces más, cada vez con menor solemnidad, y ni una más. Así que Liz Taylor no entraría. Enrique VIII creo que sí, porque la mayor parte de las veces disolvía sus matrimonios eliminando directamente al cónyuge, cosa que en todas las religiones acaba drasticamente con el vínculo. Por qué tres, y no treinta, es cosa oscura, porque desde luego a uno se la pueden pegar más de tres veces. Parece que a la cuarta que se la pegan a uno ya se aplica Marcos, y no Mateo.
Claro, cuando llegamos a las conversaciones ecuménicas, y aparece este asunto, los católicos acusamos a los ortodoxos de que ese matrimonio que se puede separar una, dos y tres veces no es sacramento ni na. Y en ésas estamos. Así que, si entre los lectores de esto hay alguno relacionado con ortodoxo ruso y pretende casarse por la Iglesia, que sepa dónde se mete, porque su cónyuge puede estar pensando en otra cosa al casarse. Desde el punto de vista jurídico, y no sé si sirve de consuelo, podría ser causa de nulidad por incomprensión de las cualidades esenciales de matrimonio.
Eso sí, si los novios no esquivaran los cursillos prematrimoniales como si fueran la declaración de renta, y si muchos curas no fueran unas madres, y no unos padres, y no firmaran certicados de haber pasado cursillos imaginarios, al menos sabríamos de qué estamos hablando. Pero bueno, ésa es otra guerra.
No te acostarás sin saber una cosa más. Muy interesantes tus artículos.
ResponderEliminarSaludos.
Pues nada: enhorabuena por la serie de artículos, muy informativos. Estoy a tus 6!
ResponderEliminarQué decir sino ¡gracias por la lección! Felicidades por tan buenos artículos
ResponderEliminarPues nada,
ResponderEliminarme alegro de que le hayáis encontrado provecho a la entrada. Hasta la próxima.